15 octubre 2024

La competencia desleal en el ejercicio de la Fisioterapia

Según muchos fisioterapeutas, uno de los espacios en los que más sufren al ejercer la profesión, desde hace mucho tiempo, es en el ejercicio libre de la misma pues, entre otros obstáculos, tienen que soportar actos que consideran de competencia desleal.

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La competencia desleal ha sido un sector en el que ha estado bastante ausente el legislador. Y ha sido así hasta que se publicó la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Sus consecuencias para la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, fueron tenidas en cuenta con la reforma del año 1996. Reforma que igualmente tuvo reflejo en los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas. Dichos estatutos se aprobaron por el Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre. Decíamos que esta reforma les afectó, pues su artículo 2.4 estableció que el ejercicio libre de la profesión de fisioterapeuta se realizará en régimen de libre competencia. Y estará sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y fijación de su remuneración, a la Ley de Defensa de la Competencia y a la Ley de Competencia Desleal.

Sin embargo, el efecto legislativo encaminado a la protección de la competencia en interés de todos los que participan en el mercado, no ha tenido las consecuencias protectoras que se esperaban. A juicio de estos profesionales, los problemas siguen existiendo.

Sentado ello, ya no se puede decir que su causa sea fruto de una ausencia legislativa o de falta de previsión del legislador para dar respuesta al problema. Habrá que reflexionar para buscarla en otros escenarios pues, como se ha dicho, existen normas para proteger la actividad de los que participan en el mercado.

La buena fe en el ejercicio de una profesión

La cláusula general contenida en el artículo 4.1 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, nos debe obligar a reflexionar. Nos dice que se reputa desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe. Por su parte, el artículo 7.1 del Código Civil también dice que los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.

Al conectar lo que dicen los citados artículos 1 y 4 de la Ley 3/1991 de 10 de enero, de Competencia Desleal, con el mencionado artículo 7 del Código Civil, llegamos a una sencilla conclusión: Todos los que participan en el mercado deben hacerlo actuando de buena fe.

Dicho lo anterior, la cuestión se ha de centrar en qué se puede entender por buena fe. Acudimos a la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, el cual nos dice en la Sentencia número 1365/2007 de 3 enero, RJ 2007\813 de Aranzadi, que el principio de buena fe consagrado por el artículo 7.1 del Código civil constituye, según la jurisprudencia (por todas, SSTS de 20 de junio de 2006 y 4 de julio de 2006), una noción que se refiere al ejercicio de los derechos y al cumplimiento de las obligaciones de acuerdo con la conciencia subjetiva orientada objetivamente por los valores de probidad y lealtad en las relaciones de convivencia acordes con la conciencia social y debe ser contrastado de acuerdo con las circunstancias de cada caso.

Conclusión

Por tanto, podríamos decir que la buena fe es un imperativo ético que debe regir el ejercicio de todo derecho. Y, en consecuencia, también en el ejercicio libre de la profesión de fisioterapeuta, en el cual también se debe dar un juego limpio.

Es evidente que las relaciones que se producen en el mercado siguen un constante desarrollo, surgiendo continuamente nuevas prácticas. Pero la existencia de una normativa de protección, en interés de todos los que participan en el mercado, nos debe llevar a la reflexión de que la causa, de la competencia desleal, no esté en una ausencia de una adecuada normativa de protección, sino en el comportamiento del que participa en el mercado.

Joaquín Piqueras
Letrado Gabinete Jurídico de COFICAM

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